miércoles, 2 de julio de 2008

LEY DE OBESIDAD: ANALISIS DE ALGUNOS ASPECTOS JURIDICOS DE LA ENFERMEDAD

El valor de la ley de obesidad
Dr. Fernando Federico (*)

La obesidad ha sido declarada pandemia del siglo XXI por parte de la OMS, y es seguida atentamente por distintos órganos supranacionales, que le otorgan a su prevención y tratamiento una importancia similar al cáncer. Especialistas han determinado que esta "enfermedad crónica no transmisible" es una de las causas de muerte más importante de la actualidad, cabeza a cabeza con el consumo de tabaco.En este marco resulta evidente que la misma debe ocupar un lugar prioritario en la agenda de salud de todos los gobiernos.La aprobación en general de la llamada "ley de obesidad", que en realidad es un compendio de numerosos proyectos, no deja de ser un avance en ese sentido.La obesidad es una enfermedad que progresivamente lleva a la persona a ver agravadas patologías preexistentes y a adquirir nuevas, su incidencia en los niños y en todas las clases sociales es muy grave.La obesidad afecta el sistema de salud, ya que la persona a medida que no controla la enfermedad debe recurrir a los efectores con mayor asiduidad. La incidencia de la diabetes, hipertensión y problemas coronarios, tornan al obeso en una gran carga para si mismo, su familia y toda la sociedad.Sostenemos que la autoconcientización y el cambio de hábitos de vida de los obesos mediante la participación en grupos de autoayuda debe ser el pilar de la lucha contra la obesidad, por su probada eficacia, bajo costo y valorización de la dignidad de la persona obesa sobre todo otro interés, sin embargo creemos que el hecho de que se incorpore al programa médico obligatorio el tratamiento de los trastornos alimentarios, es muy importante.Si bien hay detractores que ven esto como un costo extra a asumir por las obras sociales, su error radica en que la prevención en realidad les evitará costos futuros. Padres asesorados adecuadamente podrán evitar que un sobrepeso incipiente en sus hijos se torne en obesidad, así como obesos que controlen su enfermedad serán menos proclives a adquirir dolencias crónicas de oneroso tratamiento.Las normas incorporadas contra la discriminación permitirán revertir situaciones de gran injusticia, así como la prohibición de realizar publicidad de dietas y productos "mágicos", que no cuentan con aval médico, ayudarán a combatir la frivolidad en el tema y su utilización como mero recurso para obtener ganancias.Pero, sin dudas, lo central de la ley está en la educación para la prevención de la obesidad, incorporando la "Educación Alimentaria Nutricional", como materia obligatoria en el sistema educativo y poniendo el acento en el fomento de la actividad física, ya que es sabido que el sedentarismo es factor crucial en la expansión de la obesidad.En síntesis, la promulgación de ley de la obesidad será útil en la medida que su reglamentación le dé eficacia y que sea en definitiva la punta de lanza para una estrategia global para combatir esta enfermedad poniendo por delante la dignidad de la persona, la prevención temprana y la necesidad de apoyo de los enfermos obesos y sus familias.
(*) Asesor legal de "Volver a Empezar".
http://www.volveaempezar.com.ar/

Nota Publicada en:
*Diario La Capital Pag. 18, 13 de Junio de 2008
http://www.lacapital.com.ar/contenidos/2008/06/13/noticia_5040.html
* Portal Jurídico de Rosario "www.abogados-rosario.com.ar"
http://www.abogados-rosario.com.ar/noticias_leer.php?nid=1831
* Programa Infosalud (Observatorio de Noticias Mundiales de Salud)www.programainfosalud.com/Epidemiologia/Opinion--El-valor-de-la-ley-de-obesidad

ACOSO SEXUAL Y VIOLENCIA MORAL EN EL TRABAJO

ACOSO SEXUAL: ¿DELITO O VIOLENCIA LABORAL?

El acoso sexual es un aspecto de un problema mayor, que es el del acoso moral en el trabajo, también llamado violencia laboral o violencia moral en el trabajo.El acoso moral en el trabajo se estudia desde varias ópticas, Maria France Hirigoyen, psiquiatra renombrada en esta cuestión que ha acuñado y generalizado el término de acoso moral en el trabajo, lo define como: “Toda conducta abusiva (gesto, palabra, comportamiento, actividad...) que atente, por su repetición o sistematización a la dignidad, a la integridad física o psíquica de una persona, poniendo en peligro el empleo de esta, o degradando el clima de trabajo”.Cuando nos referirnos al acoso moral en el trabajo, lo hacemos abarcando diversas situaciones, entre ellas señalamos como fundamental al Acoso Sexual.Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para que exista acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo, convirtiéndolo en algo humillante.Por otra parte es unánime la opinión de que, cuando esta violación a la integridad humana se da en el ámbito del trabajo, representa una violación del derecho de trabajar en un ambiente digno y humano, es decir, es también violencia laboral.El acoso sexual puede ocasionar que una mujer deje su empleo para no afrontar el problema, aunque en la actual situación económica lo más probable es que calle y se someta para no perder su ingreso. Aún sometida es probable que tenga todo tipo de problemas, la mujer acosada tiene siempre una sensación de culpabilidad generada por la carga social y cultural que, ante estos hechos, ve a la mujer como una "provocadora".Las víctimas sufren de tensión nerviosa, irritabilidad y ansiedad, a menudo se llega a depresión, insomnios y otros trastornos psicosomáticos como jaquecas, problemas digestivos, cutáneos entre otros.El acoso sexual dificulta el desempeño de las funciones y la satisfacción de llevarlas a cabo. Si la víctima informa del incidente o rechaza acceder, el acosador dispone muchas veces del poder de afectar sus condiciones de trabajo, oportunidades de formación o promoción y su seguridad en el empleo.Según el informe de la OIT de 1996, La Argentina es uno de los países con más alta tasa de acoso sexual en el mundo, el 6,1 por ciento de los varones y el 11,8 por ciento de las mujeres indicaron haber sufrido agresiones en el año anterior, mientras que el 16,6 por ciento de las mujeres dieron cuenta de incidentes de carácter sexual.En definitiva, creo que el reciente proyecto sirve para impulsar un debate necesario, que debe enmarcarse fundamentalmente en la igualdad de oportunidades entre los sexos y el derecho de todos a trabajar en un ambiente sano, sin violencias ni hostigamientos de ningún tipo, y no solo en la creación de una nueva figura para un sistema penal, ya demasiado extenso, injusto e ineficiente.
Dr. Fernando Federico
Abogado
(drffederico@yahoo.com.ar)

Nota Publicada:

* Diario La Capital 26 de Junio de 2005
http://archivo.lacapital.com.ar/2005/06/26/mujer/noticia_206523.shtml
* Página del Centro de Estudios Metropolitanos "Concejalia Popular" de Rosario
http://www.concejaliapopular.org.ar/noticias.shtml?fview=84&x=23794

Curriculum Dr. Fernando Federico

Información personal

Apellido y Nombres: Federico, Fernando Alfredo
Lugar y Fecha de Nacimiento: Rosario, 19 de febrero de 1965
Teléfono Celular 0341 155 507597 E-mail: drffederico@yahoo.com.ar

Formación

Títulos:·

Técnico Químico E.N.E.T . Nº 7 . 1984·
Abogado. UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO. Año 1997.

Becas y distinciones:·

Beca de investigación otorgada por la Facultad de Derecho U.N.R. 1992.·
Representante Universidad Nacional de Rosario en el Concurso de Alegatos realizado en la Facultad de Derecho de la U.B.A. 1993.

Perfeccionamiento:·

Curso sobre Derecho Comunitario Europeo. U.N.R. Facultad de Derecho Centro de Estudios Comunitarios – 1992.· V Congreso Universitario Nacional y Latinoamericano de Derecho Penal y Criminología. – U.N.R. Facultad de Derecho – 1992.· IV Congreso Nacional de Infancia y Adolescencia – U.N.R. Facultad de Derecho – Instituto de Minoridad y Familia – 1996.· II Congreso Nacional “La Democracia entre la Participación y la Exclusión” – U.N.R. Facultad de Ciencias Políticas. Comunicación Social y Trabajo Social – 1996.· Primer Congreso Nacional e Internacional de Derecho Público “Estado, Sociedad y Derechos Humanos” – U.N.R. Facultad de Derecho – 1996.· Jornadas Interdisciplinarias del Litoral sobre MERCOSUR – U.N.R. Facultad de Ciencias Económicas y Estadística – 1996.· Curso sobre Contencioso Administrativo – Escuela Superior de Administración Municipal. 1996. · 1ras Jornadas Nacionales sobre Sistema Penal y VIH-SIDA – U.N.R. Facultad de Derecho – 1997.· V Encuentro de Especialistas en el MERCOSUR – Centro de Estudios Comunitarios y otros – U.N.R. Facultad de Derecho – 1997.· Curso Extraordinario sobre Daños y Perjuicios – Fundación Juris – 1998.· Curso Superior de Administración Municipal – 1998.· Asistente al Primer Taller “Combate contra la Pobreza” organizado por la Fundación Intercultural Mocoví y The World Bank – Rosario - 1999.· “Jornadas sobre Regimen Municipal” Escuela de Graduados - U.N.R. 1999.· “Curso sobre Procedimiento y Proceso Administrativo” Escuela de Graduados - U.N.R. 1999.· Curso “Reclamos y Recursos en Sede Municipal y Recurso Contenciosa Administrativo” – Instituto de Orientación Profesional Col. de Abogados – 2000.· Seminario “Contratos, Garantías y Teoría de la Imprevisión, frente a las nuevas medidas económicas” – Master Group Company Argentina – 2002.· Curso “Introducción a la Seguridad” (Dimensión Internacional de la Seguridad y Seguridad Pública y Ciudadana” Dictado por el Dr. Marcos Moloesznik de la Universidad de Guadalajara, México – 2003.· Conferencia sobre Bioética organizada por el Instituto de Familia del Colegio de Abogados de Rosario – 2005.· IV Jornadas de Saneamiento Pluvial Urbano organizadas por la Municipalidad de Rosario – 2007.

Investigaciones y Ponencias:·

Investigación sobre la problemática del consumo de drogas y su despenalización. Año 1992· Ponencia sobre la problemática de la Penalización del Consumo de Estupefacientes en el V Congreso de Derecho Penal y Criminología. U.N.R. Facultad de Derecho 1996

Experiencia Laboral

1979-1985 Gastronomía y Comercio (Empresa Familiar)·
1985-1997 Centro de Información y Mesa de Entradas Concejo Municipal·
1993 Preceptor Escuela de Educación Técnica Nro. 649 Turno Noche·
1998-2001 Abogado de la Asesoría Legal Concejo Municipal de Rosario·
1999-2000 Titular Cátedra de Der. Comercial, Der. de Marcas y Patentes y Der. Constitucional del Instituto Superior del Profesorado Particular Nro. 4024. Carrera de Técnico Superior en Comercio Exterior y Administración de Empresas·
2002-2004 Asesoría Legal de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor de Rosario·
2005-2010 Secretario de la Comisión Especial de Estudio y Seguimiento de la Problemática del Agua Potable, Cloacas y la Concesión del Concejo Municipal de Rosario.
2009 Secretario de la Comisión para el Seguimiento de las Obras de Remodelación de la Peatonal Córdoba y San Martín del Concejo Municipal.
2009-2011 Asesor Legal de la Presidencia del Concejo Municipal de Rosario.
Desde 1997 ejerce la abogacia en forma independiente en el Fuero Provincial y Federal, es titular del Estudio Jurídico Dr. Fernando Federico y Asociados de la ciudad de Rosario.